Justicia Federal da amparo a Lenin Osorio, detenido por el homicidio de Brad Will

Salvador Flores Durán
Oaxaca.- La justicia federal otorgó un amparo a favor de Lenin Emelio Osorio Ortega, detenido como presunto responsable del crimen del periodista estadounidense, Bradley Roland Will, asesinado durante el conflicto del 2006, por el cual se ordena la reposición del proceso, luego de que desecharon los peritajes de la Fiscalía y se demostraron inconsistencias en las declaraciones de quienes se presentaron como testigos presenciales del crimen, por lo que sus familiares confían en que logre su libertad.
El Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región con sede en San Andrés Cholula, Puebla, otorgó el amparo a favor de Osorio Ortega, y en contra del Juez Segundo de lo Penal del Distrito Judicial del Centro en el Estado de Oaxaca, y del director del Reclusorio Regional de la Villa de Etla, luego de que Osorio Ortega solicitó el amparo en contra del auto de formal prisión que se le dictó el 26 de mayo del 2012.
El inculpado señaló que se vulneraron los preceptos constitucionales contemplados en los artículos 14, 16, 19 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano.
El amparo señala que el auto de formal prisión fue dictado en contra de Lenin Osorio Ortega como probable responsable del delito de homicidio calificado con ventaja, en agravio de Bradley Ronald Will, en tanto que los familiares del detenido, indicaron que solicitaron la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, luego de que Osorio Ortega recibió diversas amenazas de muerte en el interior del penal de Etla, donde se encuentra recluido.
Osorio Ortega argumentó en la petición de amparo que no hay pruebas que acrediten su probable responsabilidad en el delito de homicidio, además de que no se integró debidamente la prueba circunstancial, la falta de veracidad de los testigos presenciales que hacen un señalamiento directo, ya que se ubicaban en lugares diversos y fuera de la secuencia de grabación del video que realizaba Brad Will el día de su crimen.
El camarógrafo de la agencia Indymedia fue asesinado de dos disparos de arma de fuego mientras filmaba el enfrentamiento protagonizado por integrantes de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO) y presuntos policías en la avenida Juárez del municipio de Santa Lucía del Camino, el 27 de octubre de 2006.
En la petición de amparo se establece que el testigo de cargo, José Manuel García Aquino, afirma que el detenido disparó directamente contra Brad Will, y refirió haber escuchado un disparo, cuando los dictámenes periciales indican que la víctima recibió dos impactos de bala secuenciales y de la misma arma, además de que en el video parece nadie con la vestimenta que afirma llevaba el testigo que dice también haber estado en el lugar antes de que el periodista recibiera el primer disparo.
El segundo testigo, Jaime García González, tampoco aparece en el video del enfrentamiento y no refiere haber visto disparar a Osorio Ortega, sino que un conocido le dijo que lo vio disparar.
Los argumentos del detenido señalan que ninguno de los otros testigos presenciales que supuestamente lo vieron disparar se ubican en el video de los hechos y desde los lugares donde afirman haber estado, no podía ver el lugar donde supuestamente se encontraba Osorio Ortega, supuestamente en un baño de la azotea de un domicilio en la calle donde ocurrió el crimen.
Además, descalifica el dictamen en planimetría y el dictamen de criminalística no reúne los requisitos del Código de Procedimientos Penales, además de que no se acredita la agravante de ventaja.
AMPARO A BRAD WILLEl amparo señala que se repondrá el procedimiento por “se advierten diversas violaciones al procedimiento que determinan la imposibilidad del análisis exhaustivo del auto de formal prisión reclamado.
Osorio Ortega fue detenido durante la gestión del entonces Procurador General de Justicia del Estado, Manuel de Jesús López López, quien dijo que se retomó la investigación “como parte del compromiso del gobernador Gabino Cué de hacer justicia y castigar con todo el peso de la ley a quienes han agraviado al pueblo de Oaxaca”.
El entonces Procurador dijo que atrajo la indagatoria que se había iniciado y agotado en su momento por parte de la Procuraduría General de la República (PGR), y se solicitaron copias certificadas del proceso penal para reiniciar las diligencias a cargo de la PGJE.
La primera línea de investigación que llevó a la PGR a ejercer acción penal en contra de diversas personas, entre ellas Juan Manuel Martínez Moreno, consideraba que los disparos contra el camarógrafo habían sido a corta distancia. Sin embargo, a través de un juicio de amparo esta persona obtuvo su libertad.
Otra línea que había ejercido la PGJE, indicaba que los presuntos responsables habían sido agentes de la Policía Municipal de Santa Lucía del Camino por lo que se ejerció acción penal en contra de Abet Santiago Zarate y Orlando Manuel Aguilar Cuéllar, por el delito de homicidio calificado. Sin embargo, estas dos personas obtuvieron su libertad, a través de un incidente por desvanecimiento de datos.
La tercera hipótesis fue que los disparos fueron cometidos a larga distancia, tal como lo contempló la recomendación que emitió la Comisión Nacional de Derechos Humanos, “la cual no se agotó en su momento, por lo que se obtuvieron testimonios de personas que no habían declarado y de los que ya existían, quienes ratificaron su declaración”.
El día que se dio a conocer la detención, se informó que el perito médico y criminalista, Salvador Elías Ramírez, explicó que se concluyó que las balas fueron disparadas a una distancia de aproximadamente 43 metros, desde una altura de cuatro metros donde se ubicaba el presunto victimario, en un domicilio localizado en la colonia Calicanto, del municipio de Santa Lucía del Camino, donde ocurrió el enfrentamiento.
Dijo que los disparos fueron consecutivos, “las dos heridas fueron penetrantes de abdomen, la dos heridas fueron producidas por proyectiles de un mismo calibre que se estableció por parte de peritos de la PGR que correspondían a 38 especial, y también fue confirmado por un perito en balística en la actualidad”.
El perito aseguró que por las características de los campos y estrías de las balas, fueron disparadas por una misma arma, y un solo victimario.
El 30 de diciembre de 2009, la Juez Quinta de Distrito, Rosa Iliana Noriega Pérez, ordenó liberar a Juan Manuel Martínez Moreno, hasta entonces el único implicado en el crimen del camarógrafo, luego de que el Ministerio Público federal presentó pruebas prefabricadas contra el integrante de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO).
Esto se determinó por el juicio de amparo 941/2009, y Noriega Pérez determinó que Martínez Moreno –quien había sido acusado del delito de homicidio calificado– no tiene ninguna responsabilidad directa en el asesinato del periodista.
De acuerdo con declaraciones de testigos, que integran la causa 155/2008, el activista fue quien hizo el único disparo a quemarropa contra el estadounidense.
Incluso, un camarógrafo de Televisa, testigo protegido de la PGR en el caso, ya no sostuvo su declaración, en el sentido de que el disparo contra el camarógrafo de Indymedia salió del bando de la APPO.

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