*La Subcomisión de Examen Previo tiene 14 casos de juicio político, donde están los consejeros Lorenzo Córdova y Ciro Murayama; el fiscal Gertz Manero y el exgobernador Bonilla.
La Cámara de Diputados instaló la Subcomisión de Examen Previo, la cual tiene competencia exclusiva para sustanciar el procedimiento de juicio político. Este organismo arrancó con 14 casos, en donde están los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), Ciro Murayama y Lorenzo Córdova; el fiscal Alejandro Gertz Manero; el exgobernador de Baja California, Jaime Bonilla, y magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Además de estos, agregarán los más de 100 casos que quedaron pendientes en la pasada legislatura, donde también sobresalen los consejeros del INE ya mencionados. Estas denuncias fueron presentadas por el petista Gerardo Fernández Noroña.
“Los asuntos que quedaron pendientes en la anterior integración, siguen vigentes y deben analizarse, entre ellos la denuncia de juicio político presentada por el diputado Noroña, desde enero de 2021, en contra de los consejeros Ciro Murayama y Lorenzo Córdova”, dijo el morenista Hamlet García Almaguer.
Declaró que aún no tienen un calendario sobre cuándo revisarán cada caso, pues dijo que primero el director General de Asuntos Jurídicos de San Lázaro remitirá los 100 casos que quedaron pendientes de la anterior legislatura.
El presidente de esta Subcomisión, Alejandro Moreno, señaló que esta no buscará perseguir a funcionarios ni servidores públicos, pero enfatizó que no protegerán a nadie ni tolerarán a nadie. Por ello, aseveró que actuarán con responsabilidad, apegándose a la información que se presente.
“Dejar claro que no será una Comisión que acepte presiones ni recomendaciones de nadie. No será una Comisión tampoco que sea solapar y tolere a nadie ni proteja a nadie, pero tampoco será una Comisión que ande persiguiendo a funcionarios y servidores públicos.
El juicio político es el procedimiento de orden constitucional que realizan la Cámara de Diputados, como órgano de acusación, y la Cámara de Senadores, como órgano de sentencia. Ello cuando los actos u omisiones de los servidores públicos redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales por violaciones graves a la Constitución, a las Leyes Federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.