Víctor Alejandro Espinoza
Como sabemos la figura de las candidaturas independientes es una novedad en el panorama nacional. Apenas el 9 de agosto de 2012 se publicó la reforma al artículo 35 constitucional que contiene los derechos políticos del ciudadano y se agregó, en la fracción II, que ya no era facultad exclusiva de los partidos políticos registrar a candidatos a distintos cargos de elección popular. Pero no fue inmediata su traducción en leyes reglamentarias que hicieran posible llevar a la práctica la reforma constitucional.
La ley electoral federal se materializó casi tres años después, el 23 de mayo de 2014, apenas meses antes del arranque del proceso electoral que culminó el 7 de junio pasado. Prácticamente quedaron establecidas las condiciones legales para que todos los cargos puedan ser disputados por candidatos independientes. Tres entidades se adelantaron a la reglamentación secundaria federal: Quintana Roo, Zacatecas y Durango en 2012 reformaron su Constitución y leyes reglamentarias para incorporar la figura. En el primer caso, los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y del Trabajo, presentaron recursos de inconstitucionalidad y contra las reformas a las leyes secundarias. En el caso de Zacatecas, fueron los partidos Movimiento Ciudadano, del Trabajo, de la Revolución Democrática y la Procuraduría General de la República, quienes impugnaron las normas. Por último, en Durango, la acción de inconstitucionalidad fue promovida por el Partido de la Revolución Democrática. En los tres casos la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó los recursos interpuestos (Puede verse al respecto el trabajo de Olivia Yanely Valdez Zamudio y Enrique Inti García Sánchez, “Candidaturas Independientes en México. Durango, Hidalgo, Quintana Roo y Zacatecas”, TEPJF, 2013).
La figura de candidaturas independientes ha encontrado muchas reticencias en los partidos políticos nacionales, sobre todo por el contexto en el que surgen: en medio de una crisis de representación política tradicional, expresada en el monopolio partidista. Sin embargo en otras latitudes su existencia es de larga data. Por ejemplo en el artículo de Alejandro Chanona Burguete “Derechos políticos y candidaturas independientes: asignatura pendiente en la transición democrática mexicana”, Revista Nueva Visión Socialdemocrática (2008), se hace un balance de la experiencia internacional en la materia.
En el trabajo referido se recuerda que a la fecha de su redacción, solamente 21 países no permitían las candidaturas independientes en cualquier tipo de modalidad (ámbitos federal y estatal) (por ejemplo Argentina, Brasil o Suecia); es decir, en la inmensa mayoría de países ya participaban en los procesos electorales de manera regular. El dato que nos falta corroborar es si en todos los casos se incluye el ámbito local. Como refiere el autor, en 29 países las candidaturas independientes se circunscriben a la elección presidencial (Austria, Mozambique o Portugal); en 67 a elecciones legislativas en una Cámara (muchos países son unicamerales) (Chile, Dinamarca o Reino Unido); en 17 países a elecciones legislativas en ambas Cámaras (es el caso de España, Japón o Italia); mientras que en 81 países se permite la figura tanto en elecciones legislativas como en las presidenciales (Argelia, Grecia o Estados Unidos).
Los requisitos para registrarse como candidatos independientes son variados y van desde recolección de firmas, demostrar el pago de impuestos, depositar fianzas, edad mínima, ciudadanía adquirida con cierta antelación, etc. Las trabas y flexibilidad para las candidaturas independientes dependen también del tipo de financiamiento establecido en cada país –público o privado- para los partidos y procesos electorales. Creo que en aquellos países con regímenes democráticos consolidados, con un sistema de partidos fuerte y con alta institucionalización, el rechazo a las candidaturas independientes es menor. En México, los seis triunfos registrados en el pasado proceso electoral (una gubernatura, 3 alcaldías, una diputación federal y una más local) han provocado una verdadera sacudida en el ánimo de los ciudadanos y de sus expectativas respecto a los partidos políticos. Estos están obligados a cambios internos que revitalicen el sistema de representación política. Difícil tarea; en 2016 tendrán una verdadera prueba de fuego en las 13 elecciones locales programadas, en 12 de las cuales se disputan las gubernaturas.