Celebra Sección 59 asambleas simultáneas en Oaxaca

*Eligen a 8 Comités Delegaciones y representantes de 6 Centros de Trabajo
Oaxaca.- Por primera vez desde su creación, hace 10 años, la Sección 59 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) Oaxaca, celebró de forma simultánea 8 asambleas delegacionales y 6 de Centro de Trabajo de la Región de los Valles Centrales.
Las asambleas presididas por integrantes del Comité Ejecutivo Seccional, se llevaron a cabo este 2 de marzo en las instalaciones de la Escuela Primaria Revolución de San Antonio Arrazola, Santa Cruz Xoxocotlán.
En el acto, estuvieron presentes el Secretario General de la Sección 59, Profr. Joaquín Echeverría Lara, el representante del Comité Ejecutivo Nacional del SNTE, Profr. Guillermo Jorge Vega Campos y demás integrantes del Comité Ejecutivo Seccional.
Durante su intervención, previo a las Asambleas, el Secretario General, Profr. Joaquín Echeverría Lara, puntualizó las prioridades de los agremiados “vamos para el congreso de relevo, terminar con la regularización de los servicios educativos, claves para módulos, pago de honorarios, de comunitarios, ubicación de todo el personal de acuerdo a su plaza presupuestal, entrega de documentos a alumnos, sin Sección 59contratiempos después de que terminen el ciclo escolar”.
Cabe mencionar que los representantes de los Centros de Trabajo y los de los Comités Ejecutivos Delegacionales, estos últimos, integrados por una Secretaría General; de Organización; de Trabajos y Conflictos; de Finanzas; de Previsión y Asistencia Social; de Escalafón y Promoción y de Orientación Ideológica–Sindical, fueron electos por planillas y luego de ser votados, de forma secreta y directa, conforme al ESTATUTO del SNTE, los representantes de los Centros de Trabajo y Comités Ejecutivos Delegaciones, tomaron protesta para formalizar sus cargos, los cuales tienen una duración de tres años.
Será responsabilidad de los compañeros representar el interés general de los trabajadores de la educación, dentro de su respectiva jurisdicción; que se cumplan los ordenamientos del ESTATUTO, las disposiciones de los Órganos Superiores de Gobierno Sindical y las resoluciones de sus Asambleas y Plenos Delegacionales.

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