Diputados aprueban controvertida reforma al prohibir en Oaxaca venta de comida “chatarra” a niños

*58 mil pequeños comercios tendrán caídas en sus ventas, advierte la ANPEC

Oaxaca, 5 de agosto de 2020.- El Congreso del Estado aprobó en su sesión de este miércoles prohibir la distribución, venta, regalo y suministro de bebidas azucaradas y alimentos chatarra a menores de edad, en una decisión de llamaron “histórica” al adicionar el Artículo 20 Bis a la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca.

La decisión ha resultado controvertida debido a que unos 58 mil pequeños comercios en el estado, tiendas de abarrotes, taquerías, fondas, antojerías, locatarios de la central de abastos, verán caer más sus ventas por la prohibición de la venta de productos de alto contenido calórico como chocolate, panes, confitería y refrescos a los menores de 18 años, advirtió la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC).

Oaxaca se convierte en la primera entidad del país en proteger la salud de toda la población al combatir la incidencia de “enfermedades mortales como la obesidad y la diabetes”, afirmó la diputada, Magaly López Domínguez.

A partir de la emisión de esta ley, el consumo y venta de bebidas y productos “chatarra” estará prohibida en instituciones educativas públicas y privadas, de educación básica y media superior. También se impide la instalación de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras en las escuelas públicas y privadas.

Quedan exentas de estas prohibiciones: madres, padres o tutores legales, quedando bajo su responsabilidad el consumo de estos productos por los menores de edad.

La aplicación, vigilancia y el cumplimiento de esta disposición jurídica estará a cargo de la Secretaría de Salud del Estado, que podrá coordinarse con las autoridades e instancias correspondientes para su vigilancia.

En caso de incumplir con estas disposiciones, los establecimientos en donde se vendan o suministren dichas bebidas o alimentos, se harán acreedores a las sanciones administrativas, contempladas en dicha ley, y en la de Procedimientos y Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca.

A pesar de que la iniciativa fue desestimada por grupos empresariales, la respaldaron organismos internacionales y nacionales de promoción a la salud de la infancia y la adolescencia como la FAO, la ONU y la UNICEF, organizaciones de la sociedad civil, criterios que retomó la Comisión Permanente de Grupos en Situación de Vulnerabilidad para que las y los congresistas la suscribieran a favor.

El Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, celebró la aprobación porque “defiende el interés superior de la niñez: es un avance en el cuidado de la salud desde la prevención”, afirmó en su cuenta de Twitter.

López Domínguez dijo en tribuna que “será bajo la responsabilidad de quienes tienen la tutoría legal, así como la salud e integridad de las niñas, niños y adolescentes decidir si pueden o no consumir estos productos. Pero que no sea decisión de las empresas o los capitales trasnacionales”.

La reforma entrará en vigor luego de su publicación en el Periódico Oficial.

Esta legislación se discute desde 2019 en el Congreso de Oaxaca dejando a los padres de familia la responsabilidad de lo que consuman sus hijos en el contexto de la emergencia sanitaria por COVID-19, enfermedad que ha afectado principalmente a personas con padecimientos como obesidad y diabetes, entre otros.

La medida ha provocado la inconformidad de comerciantes y empresarios alegando que será un fuerte golpe para la economía del estado.

Al aprobar esta reforma se retoma la prohibición en escuelas, pero la extiende a menores de edad en todas las circunstancias y lugares, no sólo en las planteles educativos, lo que seguramente provocará amparos de empresas afectadas.

Diputada Magaly López Domínguez.

En mayo de 2014, la Secretaría de Educación Pública (SEP) emitió lineamientos para todas las escuelas del país en los que prohibió “la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas que, por representar una fuente de azúcares simples, harinas refinadas, grasas o sodio, no cumplan con los criterios nutrimentales, no favorezcan la salud de los educandos y la pongan en riesgo”.

La reforma aprobada en Oaxaca es más amplia al extenderla a menores de edad en todas las circunstancias y lugares, lo que seguramente provocará amparos de empresas afectadas.

En enero de 2017, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la prohibición de la SEP en lo que se refiere a escuelas de educación superior, por violar el derecho humano de libertad de comercio.

La Corte no se pronunció sobre la prohibición en escuelas de niveles inferiores porque no fue impugnada por la empresa distribuidora de productos de Coca Cola y jugos del Valle.

“La actividad que realiza la empresa quejosa no está prohibida constitucional ni legalmente, porque los objetos que comercializa son lícitos y porque quien los adquiere en las escuelas superiores de educación son mayores de edad que gozan de libertad para elegir los productos que consume, siempre que éstos sean lícitos”, afirmó.

Aceptar la prohibición planteada en los lineamientos de la SEP, advirtió la Corte, podía llevar a pensar que la embotelladora tiene un negocio turbio y al margen de la ley, o que comercia con mercancías prohibidas.

Ante la reforma de Oaxaca, además de violaciones a la libertad de trabajo y comercio, las empresas pueden alegar trato discriminatorio, pues el Congreso sólo prohibió vender a menores alimentos y bebidas “envasados”, pero no alimentos preparados en puestos o restaurantes que también tengan contenidos elevados de grasas, azúcares, calorías y sodio.

La reforma oaxaqueña contiene una excepción que la puede tornar poco útil, pues deja bajo responsabilidad de padres, madres o tutores el consumo de estos productos por los menores bajo su cuidado. Es decir, nada impide que un adulto compre los productos para consumo de un menor.

López Domínguez indicó que no se afecta ni persigue a los pequeños comercios, ya que la venta de estos productos no se prohíbe de manera general, sino únicamente a menores.

Abundó que no se limitará la comercialización de alimentos tradicionales; al contrario, la responsabilidad por el consumo de los denominados “chatarra”, estará a cargo de las madres y padres de familia. “Se trata del avance de una política pública que prioriza la salud sobre los intereses económicos”.

El diputado morenista, Othón Cuevas Córdova, resaltó que la iniciativa nace de la sociedad civil y se fundamenta en la Declaración Universal de los Derechos del Niño y de la Niña.

Dijo que se tomaron como referentes estudios académicos y científicos en materia de salud, así como compromisos internacionales como el suscrito por México en la Agenda 2030, aprobada el 25 de septiembre de 2015 por la Asamblea General de las Naciones Unidas -en la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible- que entre sus objetivos plantea reducir cualquier forma de malnutrición.

Por ello los tres niveles de gobierno deben coordinarse para llevar a cabo la promoción de una alimentación sana y balanceada, el consumo de agua potable como parte esencial de la nutrición, así como fomentar el ejercicio y las actividades físicas en la población infantil.

En el caso de Oaxaca, estadísticas oficiales reportan que el 12.7% de niños menores de 5 años presentan desnutrición crónica (baja talla y bajo peso), y 1.2 millones presentan anemia crónica.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), señala que uno de cada ocho niñas y niños menores de 5 años padece desnutrición crónica, considerando que la desnutrición se presenta principalmente en los estados del sur de México, como es el caso de Oaxaca, en las comunidades rurales más que en las urbanas, siendo los más afectados los hogares indígenas.

Prohibición de venta de refrescos a niños en Oaxaca golpea a 58 mil pequeños comercios

En tanto, la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC), advirtió que 58 mil pequeños comercios, tiendas de abarrotes, taquerías, fondas, antojerías, locatarios de la central de abastos, verán caer más sus ventas por la prohibición de la venta de productos de alto contenido calórico como chocolate, panes, confitería y refrescos a los menores de 18 años.

 “Muchos cerrarán sus puertas y perderán su modus vivendi. Por otra parte, los consumidores sufrirán desabasto y especulación de precios, viendo más afectados sus bolsillos y monederos. Este escenario dantesco no mejorará la salud de los oaxaqueños y sí los marginará todavía más”, declaró Cuauhtémoc Rivera, presidente de ANPEC.

La ANPEC indicó que los Diputados locales de MORENA, comandados por Magaly López Domínguez y Horacio Sosa Villavicencio, orquestaron una “mayoría artificial” de 31 legisladores que hoy, 5 de agosto, votaron esta iniciativa con lo que para que los menores puedan acceder a estos productos tendrán que ir acompañados de un adulto que les autorice la compra.

“Si realmente les preocupa la salud de los menores, entenderían que la urgencia social es otra: controlar la pandemia, evitar contagios, frenar los decesos, condiciones para la reactivación económica, recuperar empleos perdidos, ingresos caídos, devolver poder de compra al hogar, al menos para lo esencial y obligado”, demandó Cuauhtémoc Rivera.

La Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC) exhortó al Gobernador Murat a vetar esta Ley que causará mayor dolor y pobreza a la población de nuestro querido Oaxaca.

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