*Desde enero del 2015, la titular de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, Roselia Bernardo Santos sufre discriminación y violencia política por parte del Consejero Presidente Gustavo Meixueiro Nájera.
Oaxaca.- La Maestra Roselia Bernardo Santos declaró que ha sido discriminada y violentada políticamente ya que la han agredido con acciones y conductas psicológicas de manera directa y a través de terceros “para acortar, impedir y restringir el ejercicio de mi cargo como Titular de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos”.
Asimismo, dijo, para obligarme a realizar en contra de mi voluntad, acciones para incurrir en omisiones en el cumplimiento de mis funciones, tal como se encuentra documentado públicamente. “Continuamente me amenaza con despedirme del trabajo y además realiza acciones para desprestigiar mi vida profesional, lo cual me genera sufrimiento psicológico”.
Muestra de ello, agregó, fue la nota publicada el martes 9 de marzo en el Periódico Noticias Voz e Imagen de Oaxaca, en la que con el título “Piden investigar a directora de Fiscalización del IEEPCO”, el Consejero Presidente Gustavo Meixueiro Nájera la acusa de negarse a proporcionar un informe de la fiscalización de los recursos al Consejo Indígena del Sureste, “haciendo uso de términos legales”.
Asimismo la amenazó de manera velada al informar que “el Consejo General del IEEPCO-OPLE requerirá también a la Contraloría Interna investigar el proceder de la directora de la Unidad Técnica de Fiscalización de los Recursos Partidos Políticos, Roselia Bernardo Santos, durante la revisión del expediente del Consejo Indígena del Sureste, que se integró dentro de su solicitud de registro como nuevo partido político local con la denominación de Renovación Social”.
Al respecto, la maestra Bernardo Santos puntualiza que jamás se negó a proporcionar la información. Lo que hizo, dijo, fue rehusarse a entregar los originales, porque “la Unidad Técnica de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos cuenta con autonomía técnica en el ejercicio de sus atribuciones y resoluciones”.
Al respecto define la Autonomía Técnica: “La autonomía técnica implica la capacidad que se reconoce a un órgano para seguir su comportamiento bajo criterios de especialización, sin depender de criterios de comportamiento dictado desde otro órgano”.
En respuesta a la pregunta – EL CIPPEO, ¿Ampara a la directora a que se oponga proporcionar la información?
“De los oficios que anexo se desprende que jamás me negué a dar información, siempre y cuando ésta fuera solicitada en puntos específicos, y tratándose de cotejo de la documentación, que fuera en las oficinas que ocupa la Unidad de Fiscalización porque es aquí donde deben permanecer los originales que se tienen a resguardo”.
Asimismo en respuesta a -¿Y se hizo la fiscalización de los recursos utilizados por el Consejo Indígena del Sureste?, ella contesta que “el artículo 65 del CIPPEO señala: 1. La Unidad de tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones:… XIV.- Fiscalizar y vigilar los ingresos y gastos de las organizaciones de ciudadanos, que pretendan obtener el registro de partido político local, a partir del momento en que notifiquen de tal propósito al Instituto, en los términos establecidos en este Código”.
Lo cierto, especifica, es que desde 2012 no se encuentra reglamentado este artículo, así que la Unidad Técnica de Fiscalización no cuenta con el reglamento ni lineamientos para fiscalizar y vigilar los ingresos y gastos de las organizaciones de ciudadanos, y que la única normatividad aplicable es la que se encuentra plasmada en el Código.
En respuesta a la pregunta – Por esta actuación de la directora de la Unidad Técnica de Fiscalización, ¿se dará vista a la Contraloría Interna?, ella contesta que “como puede apreciarse en los oficios que anexo, en todas las comunicaciones oficiales que emite La Unidad Técnica de Fiscalización se da vista al Contralor Interno, y se marca copia al director general y al propio presidente del Instituto”.
Ante las agresiones sicológicas y laborales que ha vivido desde enero del 2015 y que se concretaron este lunes 9 con la declaración pública del Consejero Presidente Gustavo Meixueiro Nájera y concluirá con su despido, ya que el mismo lunes le fue solicitada su renuncia, la maestra Roselia Bernardo Santos manifiesta que además de ser discriminada por ser indígena, por ser mujer y por estar embarazada, por este simple gesto queda de manifiesto que sufre violencia política.
CIUDADANÍA EXPRES
http://ciudadania-express.com/2015/03/09/consejero-del-pri-despide-a-funcionaria-electoral-por-ser-indigena-y-estar-embarazada/