Oaxaca 5 d emarzo.- El Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, en sesión pública celebrada este jueves, ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) y a la Dirección de Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos, convoquen a las autoridades de San Juan Tamazola, Nochixtlán, para fijar las bases y lineamientos para la celebración de la asamblea general comunitaria extraordinaria de elección de concejales.
En el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos (JDCI) que promovió Gabino Lázaro López, indígena mixteco de esa comunidad, el Pleno del TEEPJO consideró que el IEEPCO se ha conducido con pasividad e inactividad, al no realizar algún acto para la celebración de la asamblea comunitaria antes mencionada.
De esta manera, este órgano jurisdiccional considera que la autoridad responsable no ha garantizado los derechos colectivos de los integrantes de las comunidades de San Juan Tamazola, Nochixtlán, de elegir a sus concejales, es decir, su derecho de votar y ser votado en elecciones periódicas y pacíficas para renovar a los integrantes del referido Ayuntamiento.
Finalmente, el Tribunal Electoral declaró infundados los agravios presentados por Juan Castillo de la Cruz, quien demandó la violación por parte del presidente e integrantes de ayuntamiento de Unión Hidalgo por la negativa u omisión de tomarle la protesta de ley e integrarlo al cabildo como regidor de hacienda; sin embargo, en el análisis del asunto, no existen pruebas de lo que reclama el demandante, por lo que declararon infundada la demanda.