*Su padre la agredió por motivos aún no aclarados
*De siete meses de nacida, se encuentra estable en el hospital Valdivieso
Oaxaca, 10 de abril.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca pidió este 9 de abril a la Procuraduría General de Justicia (PGJE), al Sistema Para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y a las autoridades del Hospital “Doctor Aurelio Valdivieso” garantizar las prerrogativas fundamentales de una niña de siete meses de nacida, a quien su propio padre le propinó una golpiza.
La Defensoría informó que inició el cuaderno de antecedentes número DDHPO/CA/0433/(01)/OAX/2015 al conocer por medios de comunicación que una niña de siete meses de nacida, procedente de la región Mixe, se encuentra estable en el Hospital General “Doctor Aurelio Valdivieso”, tras la golpiza que le dio su padre V. M. T.
Personal del hospital informó a la Defensoría que el padre y la madre de la bebé son originarios de San Juan Metaltepec Mixe y radican en Santa Cruz Xoxocotlán. El padre tiene 23 años de edad y la madre 32.
El organismo defensor recapituló que, según la información difundida inicialmente por medios de comunicación, la menor de edad presentó fractura de costillas, además de haber sufrido intento de ahorcamiento.
Ante este suceso, la Defensoría solicitó la colaboración de la PGJE para que, en un plazo de cinco días hábiles, informe al organismo defensor si con relación a los hechos narrados, se inició alguna averiguación previa, y en su caso, informe de las diligencias de investigación realizadas para esclarecer la agresión sufrida por la niña.
En el mismo cuaderno de antecedentes, la Defensoría solicitó la colaboración del DIF para que, en el ámbito de sus facultades, intervenga en el presente caso a efecto de garantizar los derechos de la menor de edad, teniendo presente en todo momento el interés superior de las niñas y los niños.
La Defensoría también solicitó a las autoridades del hospital general “Doctor Aurelio Valdivieso” su colaboración para que den instrucciones a quien corresponda a fin de proporcionar la atención médica necesaria a la recién nacida, a efecto de garantizarle su derecho a la salud y evitar otro daño de difícil o imposible reparación en la esfera jurídica de la bebé.