Proponen legislación para que compras públicas sean sustentables y se incorpore Sector de la Economía Social en Oaxaca

San Raymundo Jalpan, Oax., a 13 de enero de 2025.- Para garantizar que la Administración Pública Estatal desarrolle sus actividades priorizando el uso de recursos y materiales que protejan al medio ambiente, el diputado Iván Osael Quiroz Martínez, busca reformar la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca.

En este sentido, explicó que su iniciativa contempla incorporar en el citado ordenamiento legal el concepto de Adquisición Sustentable, entendiéndose como la compra de cualquier bien mueble que en sus procesos de creación o elaboración no afecten y dañen gravemente el ecosistema.

Además, la propuesta plantea adicionar el concepto de Proveedor al Sector de la Economía Social (SES), quienes también podrán adquirir bienes y servicios de manera directa, debido a que la disposición vigente sólo concibe a la persona física o moral.

Y con esta modificación los ejidos, comunidades, organizaciones de trabajadores, sociedades cooperativas, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a las personas asalariadas, así como todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios serán incorporados, lo que permitirá promover la economía social y solidaria en la entidad, se precisa en el documento del proyecto de decreto.

Al hacer uso de la palabra, el representante popular resaltó que al fomentar prácticas responsables con el ecosistema se da un paso importante hacia un futuro más verde para Oaxaca.

Quiroz Martínez sostuvo que lo anterior representa una oportunidad para alinear las políticas públicas con los valores de equidad, sustentabilidad y justicia social, colocando al estado a la vanguardia de un modelo más justo y sustentable.

Esta iniciativa, por el que se reforman los artículos: 3 fracciones XIII y XIV; 11, 28, último párrafo; 30 fracción V; 41,45 y 49 tercer párrafo; y se adicionan la fracción III, al artículo 3, recorriéndose el orden subsecuente; la fracción XXII, al artículo 46; todos de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, fue turnada por la Mesa Directiva a la Comisión Permanente de Administración Pública para su estudio y dictamen.

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