TEEO resuelve expedientes relacionados con Violencia Política de Género

*En Sesión de Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca de fecha 19 de febrero, los Magistrados resolvieron asuntos relacionados con Violencia Política de Género, en algunos casos se acreditó la configuración de los cinco elementos que señala el protocolo para atender la Violencia Política contra las Mujeres.

Oaxaca 19 de febrero de 2018.- Al resolver el expediente JDC/137/2017 interpuesto por María Cruz López, en contra del Presidente Municipal de Pluma Hidalgo, los Magistrados ordenaron al Edil Municipal, se abstenga de causar actos de violencia en contra de la demandante y así pueda realizar sus funciones en el marco de la cordialidad y respeto. Además se condenó al primer concejal realizar el pago de dietas adeudadas, convocarla a sesiones de cabildo y otorgarle un espacio físico dentro del palacio municipal.

Por otra parte Guadalupe Abad Perea, Agente Municipal de Santa María Huamelula impugnó la ejecución de actos de violencia política por razón de género, el impedimento de ejercer el cargo para el cual fue electa, y su destitución del cargo.

Al analizar el expediente JDCI/159/2017 los Magistrados declararon fundados los agravios en virtud que configuraron los cinco elementos que refiere el protocolo, por otra parte la asamblea de destitución no cumplió con los requisios exigidos conforme al sistema normativo interno de la comunidad, aunado a ello la actora no contó con el derecho de audiencia.

Por las razones expuestas con anterioridad, el Pleno del TEEO revocó las actas de asamblea de siete de octubre y siete de noviembre de 2017, por medio de la cual fue destituida, asimismo se ordenó a la Secretaría General de Gobierno, le expida el nombramiento como Agente Municipal de la comunidad en mención.

Durante la Sesión Pública, los Magistrados resolvieron el expediente JDC/142/2017 en el cual Mónica Morales Bernal, Síndica Hacendaria impugnó del Presidente Municipal de San Jacinto Amilpas, la comisión de hechos constitutivos de violencia política de género, así como el ilegal nombramiento de un síndico más en la integración del cabildo, y el pago de dietas.

Por Mayoría de votos, con el voto a favor de Miguel Ángel Carballido Díaz y Víctor Manuel Jiménez Viloria y en contra del Magistrado Raymundo Wilfrido López Vásquez, el Pleno del TEEO consideró que el nombramiento de un segundo síndico municipal contraviene las disposiciones legales, pues el municipio mantiene una población menor a 20 mil habitantes, y por lo tanto solamente puede tener un síndico, respecto del agravio de sufrir violencia política de género, este fue declarado como infundado al no acreditarse los cinco elementos que señala el protocolo para atender la Violencia Política Contra las Mujeres. Finalmente respecto a las dietas exigidas por la demandante, por el TEEO ordenó el pago de ocho quincenas adeudadas.

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